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Documento BOE-B-2012-43987

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 20 de diciembre de 2012, páginas 59588 a 59588 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-43987

TEXTO

Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria Judicial del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 y Mercantil de León, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso ordinario 318/2012 se ha dictado en fecha 16 de noviembre de 2012 auto de declaración de concurso del deudor TEMANE, S.L., con CIF B-24288631 y con domicilio en Calle General Queipo de Llano nº 12, Magaz de Abajo, Camponaraya (León).

2.º Se acuerda la apertura de la liquidación de la sociedad, con declaración de su disolución, así como en situación de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ella sustituido su consejo de administración, como órgano liquidatorio, por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquel en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

3.º Se ha designado, como administradora concursal a la Abogada doña Smara Morala Prieto, con DNI número 71418381T, mayor de edad, con domicilio profesional en Calle Gil y Carrasco n.º 1, 1.º C de León, y dirección electrónica smaramorala@ical.es designada para la comunicación de créditos en este concurso, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos.

León, 17 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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