Contido non dispoñible en galego
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispueto en el artículo 3 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 778/2012, por auto de 16 de octubre de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Show Sports, S.L., con CIF B85831915.
2.º-El deudor Show Sports, S.L., conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.
3.º-Se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por la causa 1.ª del art. 176 bis LC.
4.º-Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado.
5.º-Declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
6.º-Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.
Madrid, 18 de octubre de 2012.- Secretario.
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