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Documento BOE-B-2012-44684

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 25 de diciembre de 2012, páginas 60541 a 60541 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-44684

TEXTO

Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en este Juzgado se siguen autos de concurso voluntario abreviado n.º 531/2012-F y número de identificación general del procedimiento (NIG) 50297 47 1 2012 0001066, en el cual se ha dictado en fecha 30 de noviembre de 2012, auto de declaración de concurso voluntario de la Asociación Deportiva "Club Deportivo Básico Balonmano Aragón", con CIF número G-99015810, domiciliada en Zaragoza, Plaza Ángel Sanz Briz, n.º 16, 1.º-A.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la asociación concursada, mediante autorización o conformidad de la administración concursal.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, el Diplomado en Ciencias Empresariales don Jorge Aso Baches, con DNI n.º 18.012.514-H, dirección postal: Paseo Independencia, n.º 22, 7.º, 50004 Zaragoza, teléfono 976-237123; fax 976-232298; correo electrónico: info@abpartners.es

Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal del administrador concursal indicado, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica.

4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 7 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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