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Documento BOE-B-2012-448

GIJÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 5 de enero de 2012, páginas 581 a 581 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-448

TEXTO

Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número sección I declaración concurso 323/2011 se ha dictado en el día de hoy, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Noema Electricidad y Mantenimiento, S.L.", CIF número B-74086521, con domicilio en Gijón, calle W-5, nave 4, polígono industrial de Promosa, Tremañes, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Gijón.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que serán ejercidas por don Luis Fidalgo Díaz, Administrador concursal nombrado en autos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato de los Juzgados de Gijón, sito en la 4.ª planta del Palacio de Justicia de la calle Decano Prendes Pando, en el plazo de quince días hábiles a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Gijón, 22 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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