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Documento BOE-B-2012-45200

Anuncio de la Notaría de don Juan Luis Ramos Baeza sobre subasta notarial en procedimiento de venta extrajudicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2012, páginas 61176 a 61178 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-45200

TEXTO

Yo, Juan Luis Ramos Baeza, Notario de Ávila, del Ilustre Colegio de Castilla y León, con despacho profesional en la plaza del Ejército, número 8, entrada Cuesta Antigua,

Hago constar: Que se han iniciado, ante mí, los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la entidad mercantil Banco Español de Crédito, sobre las siguientes fincas hipotecadas:

1.º Urbana. Número cinco. Nave industrial genérica, situada en la parcela edificable número cuarenta, en el área industrial de Vicolozano, en Ávila. Es la señalada con el número 5 en la modificación del proyecto de ejecución. Está situada en quinto término de la edificación, según se mira ésta desde la calle de entrada. Ocupa una superficie construida de doscientos treinta y siete metros setenta y tres decímetros cuadrados. Linda: Derecha, entrando o sur, con el componente seis; izquierda o norte, con el componente cuatro; fondo o este, parcela número 39; frente u oeste, zona de acceso y maniobra. Cuota: Su cuota de participación en los elementos comunes de la edificación, a los efectos prevenidos por la Ley, es de once enteros dieciocho centésimas de otro sobre ciento. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Ávila, finca 54.477.

2.º Urbana. Número seis. Nave industrial genérica, situada en la parcela edificable número cuarenta, en el área industrial de Vicolozano, en Ávila.Es la señalada con el número 6 en la modificación del proyecto de ejecución. Está situada en sexto término de la edificación, según se mira ésta desde la calle de entrada. Ocupa una superficie construida de doscientos treinta y siete metros setenta y tres decímetros cuadrados. Linda: Derecha, entrando o sur, con el componente siete; izquierda o norte, con el componente cinco; fondo o este, parcela número 39; frente u oeste, zona de acceso y maniobra. Cuota: Su cuota de participación en los elementos comunes de la edificación, a los efectos prevenidos por la Ley, es de once enteros dieciocho centésimas de otro sobre ciento. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Ávila, finca 54.479.

Las bases de la subasta notarial son las siguientes:

Primera.-La primera subasta se celebrará el próximo día 14 de enero de 2013, a las doce horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que asciende a la cantidad de ciento treinta y cinco mil ciento setenta y tres euros (135.173,00 €) para la finca registral 54.477, y ciento treinta y cinco mil setenta y tres euros con veintiocho céntimos de euro (135.073,28 €) para la finca registral 54.479. Si fuera necesario una segunda subasta se celebrará el día 8 de febrero de 2013, a las doce horas, al 75 % del tipo establecido para la primera subasta; en caso de que fuere necesario una tercera subasta, ésta se celebrará el día 8 de marzo de 2013, a las doce, al tipo del 70 % del tipo establecido para la primera subasta

Segunda.-Todas las subastas anteriormente referidas tendrán lugar en la notaría sita en la plaza del Ejército, número 8, bajo, entrada Cuesta Antigua.

Tercera.-Para tomar parte en las subastas, los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 % del tipo para la primera y segunda subastas, o del 20 % del tipo de la segunda para la tercera subasta, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la cuenta corriente 0030.1065.51.0001207271 del Banco Español de Crédito, en esta ciudad, calle Comandante Albarrán.

Cuarta.-La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236.a) 236.b) del Reglamento Hipotecario, están de manifiesto en la notaría de lunes a viernes laborables, de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Quinta.-Las subastas se regirá por el artículo 236 del Reglamento Hipotecario y, en lo que no fuera incompatible, por el artículo 670 y la disposición adicional sexta de la Ley de Enjuiciamiento Civil, bajo las siguientes condiciones:

a) Primera subasta: Se adjudicará la finca a quien presente mejor postura siempre que sea superior al tipo que para la subasta señala la escritura de constitución del préstamo hipotecario antes mencionado.

Si no hay postura admisible, el acreedor podrá solicitar en cinco días la adjudicación de las fincas en pago de la deuda por el tipo señalado para la primera subasta.

b) Segunda subasta: Se adjudicará la finca a quien presente mejor postura siempre que sea superior al setenta y cinco por ciento (75%) del tipo señalado inicialmente para la subasta.

Si no hay postura admisible, el acreedor podrá solicitar en cinco días la adjudicación de las fincas en pago de la deuda por el tipo señalado para la segunda subasta.

c) Tercera subasta: Se adjudicará la finca a quien presente mejor postura siempre que sea superior al setenta por ciento (70%) del tipo señalado inicialmente para la subasta.

Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 % del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 % del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe aunque superior a la mejor postura, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de las fincas por importe superior a la mejor postura siempre que fuera igual o superior al 50 % del valor de tasación.

Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 % del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 50 % del valor de tasación o que cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se dará por terminada la ejecución y se protocolizará el acta, quedando expedita la vía judicial.

Ávila, 26 de diciembre de 2012.- El Notario, Juan Luis Ramos Baeza.

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