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Documento BOE-B-2012-5083

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2012, páginas 6683 a 6683 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-5083

TEXTO

Edicto

D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores abreviado num. 000482/2011, siendo la concursada Cabeza Bombeos, S.L., con CIF B-53474789, en el que se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el artículo 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 27/01/12, que contiene los siguientes pronunciamientos:

1.-Por recibido el preceptivo informe presentado por la administración concursal al que se adjuntan el inventario y la lista de acreedores, únase a la presente sección.

2.- Pónganse el inventario y la lista de acreedores de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado para que los interesados puedan tener acceso a los mismos pudiendo obtener copia a su costa en los términos del artículo 96 LC.

3.- Dése publicidad al informe de la administración concursal mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE, de forma gratuita, en tanto no se constituya el Registro Público Concursal.

4.- Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa.

5.- Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la publicación del edicto en el BOE.

6.- Las impugnaciones versarán exclusivamente en la inclusión o exclusión de algún crédito, la modificación de su clasificación, incremento o reducción (lista de acreedores), o inclusión o exclusión de un bien o derecho o su avalúo (en el inventario) (Art. 96.2 y 3 de la Ley Concursal).

7.- La impugnación se sustanciará por los trámites del incidente concursal (Art. 194 y siguientes), debiendo formularse demanda en la forma exigida en el Art. 399 de la LEC, con la preceptiva asistencia de Letrado y representación por Procurador (Art. 184.3 de la LC).

8.- Habiéndose evacuado por la administración concursal el trámite de liquidación anticipada previsto en el Art. 142 bis de la LC. Póngase de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado la propuesta de liquidación anticipada a fin de que los interesados puedan tener acceso a la misma, pudiendo obtener copia a su costa en los términos del artículo 96 LC.

Las partes personadas y demás interesados podrán formular observaciones a la propuesta anticipada de liquidación en el plazo y condiciones arriba indicadas para la impugnación del inventario y lista de acreedores.

Elche, 27 de enero de 12.- El Secretario Judicial.

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