Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.-Se decreta la conclusión del presente concurso de acreedores de la entidad mercantil Silva Parama, S.L., con CIF B-36013324.
2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.-Se acuerda la extinción de la entidad mercantil Silva Parama, S.L., y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.-Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6.-Unase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Pontevedra, 25 de enero de 2012.- El/la Secretario Judicial.
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