Edicto
Hago saber:
1.- Que en el procedimiento concursal 0000326/2009, por auto de fecha 3 de febrero de 2012, se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación en el concurso del deudor Construcciones Nansus, S.L., con CIF número B 39442512 y domicilio en Avda. San Saturnino, nº 80, de Hinojedo- Ayto de Suances (Cantabria).
2.- Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
3.- Se declara la disolución de la concursada Construcciones Nansus, S.L., acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituídos por la Administración Concursal, nombrándose nuevamente a los administradores, D. Javier Gómez Acebo Lasso y D. Agustín García Aranzabal.
4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el art. 146 LC, produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
6.- Se acuerda la reapertura de la Sección de calificación del concurso. Los acreedores o cualesquiera titulares de un interés legítimo, dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, podrán personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Santander, 3 de febrero de 2012.- El/La Secretario Judicial.
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