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Documento BOE-B-2012-5496

Acuerdo de 7 de febrero de 2012, de la Comisión Nacional de la Competencia, por la que se procede a la publicación oficial de la notificación del Acuerdo del expediente S/0197/09, Convenio de Seguridad, por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2012, páginas 7272 a 7272 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2012-5496

TEXTO

No habiéndose sido posible la notificación en los domicilios conocidos de la Asociación de Medios Profesionales y Empresas de Seguridad (AMPES), (calles Pintor de Moreno Carbonero, 6, 1.º interior, y Alcalá, 338 de Madrid) del Acuerdo de 11-01-2012, tras dos intentos infructuosos, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero y demás artículo aplicables. En consecuencia, se indica que:

"El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, ha dictado Acuerdo, de fecha 11 de enero de 2012, en el expediente sancionador S/0197/09, Convenio de Seguridad, incoado por la Dirección de Investigación contra AMPES y 5 entidades más, por presuntas prácticas restrictivas de la competencia prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.

Dicho Acuerdo, acuerda en su parte dispositiva, lo siguiente:

PRIMERO.-Modificar la calificación jurídica de los hechos por considerar que el artículo 14 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2005-2008, en lo que se refiere al transporte y manipulado de fondos, suscrito por las principales organizaciones empresariales del sector, es susceptible de ser calificado como un acuerdo restrictivo de la competencia, contrario al artículo 1 de la LDC.

SEGUNDO.-Someter la nueva calificación a los interesados y a la Dirección de Investigación para que en el plazo de 15 días formulen las alegaciones que estimen oportunas.

De acuerdo con el art. 51.1 las partes podrán formular ante este Consejo la propuesta pruebas que estimen oportuna adicionales a las ya solicitadas. Asimismo, pueden solicitar la celebración de vista.

TERCERO.-Suspender el plazo máximo de resolución del procedimiento con efectos desde el 11 de enero de 2012, hasta que los interesados presenten sus alegaciones valorando la nueva calificación.

Contra este Acuerdo no cabe otro recurso que el contencioso-administrativo que, en su momento, proceda contra la Resolución que ponga fin al expediente en vía administrativa".

Lo que se publica para que sirva de notificación a la Asociación de Medios Profesionales y Empresas de Seguridad (AMPES).

Madrid, 7 de febrero de 2012.- Secretario del Consejo, Alfredo González-Panizo Tamargo.

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