EL Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia:
1.-Se declara, por auto de fecha 23/12/11 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento CNO 872/2010.
2.-Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 16 de enero de 2012, a las 10:00 horas de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
3.-Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.
4.-Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.-En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 23 de diciembre de 2011.- Secretario judicial.
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