D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º Que en la SECCIÓN 1ª DE DECLARACIÓN DEL CONCURSO de los autos de CONCURSO ORDINARIO VOLUNTARIO n.º 131/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2011 0001585 se ha dictado en fecha 15 de febrero de 2012 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO del deudor SOLUCIONES CONTRA INCENDIOS Y SEGURIDAD S.L.U., con CIF B-13401724, y domicilio social sita en calle Son Quijote, n.º 78, bajo, de Alcázar de San Juan (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada población.
2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la entidad deudora si bien que quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales designados, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a:
- D. José Luis Díez Monescillo, abogado, Colegiado Mercantil n.º 4.171, con domicilio en Corazón de María, n.º 15, bajo, de Ciudad Real, teléfono 926253891 y dirección electrónica señalada joseluisdiez@diezmoasesores para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
A su vez éstos, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 de la Ley Concursal).
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 16 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
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