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Documento BOE-B-2012-757

Resolución de la Autoridad Portuaria de Tarragona por la que se publica la aprobación del pliego de condiciones particulares para el ejercicio de la actividad comercial de avituallamiento de combustible a buques mediante buque-tanque o gabarra en el puerto de Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 9 de enero de 2012, páginas 977 a 978 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2012-757

TEXTO

El Consejo de Administración de esta Autoridad Portuaria, en su sesión de 22 de diciembre de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

"Vista la propuesta formulada por el director del APT sobre el contenido del Pliego de condiciones particulares para el ejercicio de la actividad comercial de avituallamiento de combustible a buques mediante buque-tanque o gabarra en el Puerto de Tarragona.

Atendido lo dispuesto en los artículos 138 y 139 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), sobre el contenido y tramitación de los expresados Pliegos de condiciones particulares de los servicios portuarios.

Visto que el pliego fue sometido a la consideración de la Capitanía Marítima de este puerto para que hiciera las observaciones que consideraran oportunas que una vez recibidas se han incorporado al pliego en su integridad.

Atendido que se ha dado cumplimiento al trámite reglamentario previsto.

Atendido lo dispuesto en el art. 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), por unanimidad se acuerda:

1º- Aprobar el Pliego de condiciones particulares para el ejercicio de la actividad comercial de avituallamiento de combustible a buques mediante buque-tanque o gabarra en el Puerto de Tarragona conforme a la propuesta y con entrada en vigor al día siguiente de su publicación

2º- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el tablón de anuncios de la APT y en el BOE para general conocimiento."

Contra el anterior acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo que prevén los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien puede interponerse recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo que prevé el artículo 116 de la citada Ley y el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala Contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la recepción de la notificación, sin perjuicio que pueda interponerse cualquier otro recurso que considere procedente.

Asimismo, se hace público para general conocimiento que el contenido íntegro del expresado Pliego de condiciones particulares se encuentra publicado en la web de la Autoridad Portuaria de Tarragona, accesible desde http://www.porttarragona.cat y estará disponible en formato físico en las oficinas de la misma.

Tarragona, 3 de enero de 2012.- Josep Andreu i Figueras, Presidente.

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