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Documento BOE-B-2012-7578

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2012, páginas 10171 a 10171 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-7578

TEXTO

Edicto

Don Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección 1 declaración concurso 26/2010 se ha dictado a instancias de en fecha auto de declaración de concurso del deudor Sanesteban Castro, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en domiciliada en Narón, c/ Estrada de Castela, n.º 865, Xubia, CIF B-15362999, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 962 del archivo, sección general, folio 104, hoja número c-3.324.

NIG del procedimiento: 1503047120120000042.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse a la admon. concursal en el despacho profesional del abogado don Ronaldo Martínez Rodríguez, calle Estrella 4 Canido Ferrol o por e-mail: rolandom@avogacia.org en el plazo de un mes a partir de la ultima fecha de publicación en este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresara nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 27 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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