Edicto
Don Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000508 /2011 y NIG n.º 30030 47 1 2011 0001081 se ha dictado en fecha 21 de febrero de 2012 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Tahega, S.L., con CIF B-30683957, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Fuente Álamo (Murcia), carretera del cementerio, kilómetro 2.2.
2.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).
4.º Se ha designado, como administración concursal al titulado Mercantil, don Domingo Correas Manzanares, con domicilio postal en Lorca, Avenida Juan Carlos I, número 26, correo electrónico domingo@dcorreas.com, teléfono 968 463 414.
5.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
6.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
7.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
8.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal mercantil1.murcia@justicia.es
Murcia, 27 de febrero de 2012.- El Secretario Judicial.
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