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Documento BOE-B-2012-8196

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2012, páginas 10956 a 10956 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-8196

TEXTO

Secretaria Judicial doña Dolores Postigo Salguero, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 892/2011 se ha declarado, mediante auto fecha 10 de Febrero de 2012, el concurso voluntario de Moraliba, S.L., con C.I.F. B-62229836 y domicilio en Barcelona, Avda. Meridiana, n.º 310-312, entlo. 1.ª, pta. H-52, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto, en el domicilio del administrador concursal don Luis Ojeda Arnal, sito en Barcelona, C/ Sant Antoni M.ª Claret, n.º 71, 1.º, 1.ª, con e-mail ojeda@economistes.com.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tiene derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el registro Público Concursal.

Barcelona, 10 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

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