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Documento BOE-B-2012-8234

TERUEL

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2012, páginas 10995 a 10995 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-8234

TEXTO

Edicto

Doña Laura Hernández Marzo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Teruel,

Anuncia: Que en el Sección I declaración concurso 217/2011, referente al concursado Javalambre Ski y Mar, S.L., por auto de fecha trece de febrero de dos mil doce, se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Javalambre Ski y Mar, S.L.

Segundo.- Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

Tercero.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio contados los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal.

Cuarto.- Anunciar, por edictos, la apertura de la fase de liquidación, que se remitirán al Boletín Oficial del Estado y al Registro Público Concursal, preferentemente de forma telemática, así como se fijará otro en el tablón de anuncios de esta oficina judicial.

Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos al Registro Mercantil de Teruel.

Quinto.- Formar la Sección Sexta de Calificación del concurso, que se encabezará con certificación de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Emplazar, por 10 días, a los acreedores del presente concurso y a cualquier persona que acredite interés legítimo, para personarse y ser parte en la sección 6.ª alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, emplazamiento que se hará constar en el edicto ya acordado para la publicidad de la apertura de la fase de liquidación.

Sexto.- Conforme a lo establecido en el artículo 152 Ley Concursal, la Administración Concursal, deberá presentar cada tres meses un informe sobre el estado de las operaciones del concurso, que quedará de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Séptimo.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de 15 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Teruel, 13 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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