No habiendo resultado posible la notificación a Don José Vicente Lucas de la Fuente, interesado en el expediente RO 2011/1033, por causas no imputables a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones debido a que la misma se ha intentado infructuosamente dos veces por los servicios de Correos en la forma prevista en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la misma Ley, a notificar por este medio que en la fecha indicada, esta Comisión ha resuelto el expediente arriba referenciado, cuyo texto íntegro puede ser consultado en la sede de esta Comisión, sita en la calle Bolivia, 56, de Barcelona.
La parte dispositiva de la mencionada Resolución dispone lo siguiente:
Único.- Acordar de oficio el inicio de un procedimiento por el que se determine si don José Vicente Lucas de la Fuente ha dejado de reunir los requisitos necesarios para tener derecho al suministro de los datos de abonados al servicio telefónico disponible al público.
Asimismo, se informa que la Resolución objeto de la presente notificación, en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la LRJPAC, no se publica en su integridad encontrándose a su disposición en la sede de esta Comisión, sita en la calle Bolivia, 56, de Barcelona.
Barcelona, 8 de marzo de 2012.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 15/9/2011, BOE n.º 238, de 3/10/2011), Jorge Sánchez Vicente.
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