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Edicto
Dña. Neus Sabater Ventura, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia,
Por el presente se hace saber: Que en este juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Obras y Contratas Floreal, S.L., con el número de registro 000829/2010 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 16 de febrero de 2012 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición de los administradores de la empresa concursada".
Se declara la disolución de la mercantil concursada Obras y Contratas Floreal, S.L., lo que conlleva el cese de la administración societaria,que será sustituida por el administrador concursal D. Antonio Ballester Sánchez con D.N.I/N.I.F. número 73.754.866-F, que presentará en este juzgado,en el plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.
Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.
De conformidad con el artículo 168.1 LC, dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en esta Ley, se hubiere dado a la apertura de la liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interes legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación de concurso como culpable.
Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente
Valencia, 16 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
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