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Documento BOE-B-2012-9600

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2012, páginas 12939 a 12939 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9600

TEXTO

Edicto.

Cédula de notificación.

En el procedimiento concurso abreviado 7/2011, "Cycae Construcciones Canarias, S.L." cif B-35676626, seguido en este Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado Auto de fecha 01/03/2012 que contiene los siguientes extremos:

"Con fecha 20 de enero de 2012, D. Orlando Alberto del Toro Vega, no aceptó el cargo de administrador concursal para el que había sido designado/a, por los motivos expuestos en el acta de comparecencia efectuada, siendo necesario el nombramiento inmediato de nuevo administrador del concurso en este procedimiento concursal 0000007/2011.

Se procede al nombramiento como nuevo administrador del concurso a D. Juan Ignacio Sánchez Gil, Economista, con n.º de teléfono 928232932, 928 233014; fax 928246258 y dirección de correo electrónico jsanchez@sycaudit.es, lo que se le comunicará por el medio más rápido, haciéndole saber que deberá aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, mediante comparecencia ante este Juzgado. En dicha comparecencia se les hará saber lo establecido en el artículo 28 y siguientes de la L.C., y aceptado el cargo se les entregará testimonio de este auto y de la comparecencia de aceptación, a fin de que quede acreditada su designación. Asimismo deberán señalar un despacho u oficina para el ejercicio de su cargo, que deberá estar ubicada en alguna localidad del ámbito de competencia territorial del Juzgado.

Líbrese oficio al Iltre. Colegio de Las Palmas a fin de comunicarles la renuncia por parte de D. Orlando Alberto del Toro Vega al cargo de Administrador concursal para que el que fue designado/a, todo ello a los solos efectos previstos en el punto 2 del art. 29 de la Ley Concursal..

Publíquese el nombramiento del administrador en los mismos medios en que lo hubiere sido el administrador sustituido.

Modo de Impugnación: Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra las resoluciones sobre nombramiento, recusación y cese de los administradores concursales y auxiliares delegados cabe interponer Recurso de Reposición y, contra el auto que lo resuelva, el de Apelación, que no tendrá efecto suspensivo.

Estarán legitimados para recurrir el deudor, la administración concursal, los administradores concursales afectados y quienes acrediten interés legítimo, aunque no hubieran comparecido con anterioridad."

Y para llevar a cabo el tipo de publicación que se dispone en dicho Auto, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

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