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Documento BOE-B-2012-9729

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 24 de marzo de 2012, páginas 13104 a 13105 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9729

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento concurso abreviado 60/2011 "Bocadillería El Muelle, S.L.", CIF B-76034867, de este Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, se ha dictado auto de fecha 07/03/2012 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Acuerdo:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Habiéndose presentado plan de liquidación por parte del concursado en su solicitud inicial de declaración de concurso, y constando con el informe favorable del mismo por parte de la Administración Concursal; póngase de manifiesto en esta oficina judicial dicho plan de liquidación, por plazo de quince días, al objeto de poder realizar manifestaciones.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la expiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de impugnación: Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita

Así lo dispone, manda y firma don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe."

Y para llevar a cabo el tipo de publicación dispuesta, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de marzo de 2012.- Secretaria judicial.

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