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Documento BOE-B-2012-9900

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2012, páginas 13336 a 13336 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-9900

TEXTO

Edicto.

Secretaria Judicial doña Dolores Postigo Salguero, del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 15/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 9 de marzo de 2012, el concurso voluntario de Movoequip, Sociedad Anónima Laboral, con NIF A60202215 y domicilio en Avenida d’Arraona, 95-97, Polígono Industrial Santiga de Barberá del Vallés (Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces de concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal ticjuris@ticjuris.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto, en el domicilio del administrador concursal don Pere Rius Alonso, sito en Rambla del Passeig, 28, 4.º, 2.ª de Vic (Barcelona).

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 9 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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