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Documento BOE-B-2013-10190

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 16 de marzo de 2013, páginas 13562 a 13562 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-10190

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13 de Barcelona.

Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 875/2012-RC.

Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado.

Entidad Instante del concurso. - Proyectos Ingeniería Santos, S.L., con domicilio en calle Cinca 59, bajo - local y CIF: B-65042426.

Fecha del auto de declaración.-12 de febrero de 2013.

Administradores concursales.- José Miquel Cruz Ladera, con domicilio en Sabadell, Avda. Tarradellas, n.° 9, escalera A, 10.°, 2.ª y Teléfono n.° 93 7236293 y en calidad de abogado y dirección electrónica: adminconcursal@miquelcruz.net

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Llamamiento a los acreedores. - Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito concepto y cuantía,fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados.

En Barcelona, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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