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Documento BOE-B-2013-1079

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2013, páginas 1489 a 1489 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-1079

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Dña. Natalia Ramos Laín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 553/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad AB Decoperimetral, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Numero de asunto.- concurso voluntario 553/2012 seccion C5.

Nig del procedimiento.- 08019 47 1 20128002363.

Entidad concursada.- AB Decoperimetral, S.L., con CIF n.º B08069247.

Tipo de concurso.-Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 26 de noviembre de 2011.

Administrador/es concursal/es.- D Manel Sole Rivera (economista), único, con correo electrónico manel@farres-sole.com

Facultades del concursado.- intervenida.

Forma de personación.- los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 lc.- los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en barcelona, 12 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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