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Documento BOE-B-2013-1100

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2013, páginas 1511 a 1512 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-1100

TEXTO

Por don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que el Concurso Voluntario Ordinario número 607/12, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la apertura de la liquidación, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley Concursal, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo: Abrir la fase de liquidación del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil "Grupo Zapata Europa, Sociedad Limitada", formándose la sección quinta, la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la Ley Concursal. Asimismo, se declara la disolución de la entidad concursada "Grupo Zapata Europa, Sociedad Limitada", y el cese de los administradores o liquidadores de la misma, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará en plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

No ha lugar a tener por presentado el plan de liquidación por la Procuradora señora Gregoria Tuébols ya que el mismo debe ser presentado por la administración concursal.

Modo de Impugnación: mediante Recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la Ley Concursal y 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo manda y firma el Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil 1 de Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez.-El Secretario Judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en Girona a 21 de noviembre de 2012.

Girona, 21 de noviembre de 2012.- Secretario Judicial.

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