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Documento BOE-B-2013-11922

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2013, páginas 15875 a 15875 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11922

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Que en la Sección I Declaración Concurso 55/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 12 de marzo de 2013 Auto acordando lo siguiente:

Primero.-Declarar el concurso voluntario de la entidad deudora Kaps The Health Factory, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-27.752.849, cuyo centro de intereses principales lo tiene en domicilio en la Carretera Provincial, número 12, Vigo (Pontevedra) Código Postal 36204.

Segundo.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la entidad deudora.

Tercero.-La suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, siendo sustituida por la Administración concursal.

Cuarto.-El administrador concursal designado es la Abogada Doña Belén Sanmartín Fernández, con Documento Nacional de Identidad 36.076.896-Q, con domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la Calle Escultor Xoan Piñeiro, número 2-5.º D, Vigo, y correo electrónico: marbelen@mundo-r.com.

Quinto.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su domicilio o dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

Sexto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 12 de marzo de 2013.- El/la Secretario/a Judicial,

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