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Documento BOE-B-2013-12088

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2013, páginas 16075 a 16075 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-12088

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 604/2012, con NIG 0401342M20120000610 por Auto de 11 de febrero de 2013 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Construcciones y Reformas Parra Mellado, S.L., con CIF n.º B-04473849, y con domicilio en Av. La Molineta, 74, bajo, de Huercal Overa (Almería) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio.

2.º Que el deudor, Construcciones y Reformas Parra Mellado, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

3.º Que los acreedores del concursado deberán de dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido Husson Auditores agm, s.l.p. con CIF n.º B-04284246, en la persona de su Administrador don José Luis Mellado Vergel, con NIF n.º 27.493.608-Y, designando como dirección postal Plaza de la Constitución, n.º 18 - 1.º, de Roquetas de Mar (Almería) y número de teléfono 950-324306, así como dirección electrónica joseluis@leonyvergel.com, en las que efectuar las comunicaciones de créditos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el/los periódicos.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán de hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC).

Almería, 26 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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