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Documento BOE-B-2013-12234

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 2013, páginas 16275 a 16275 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-12234

TEXTO

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber: Que por auto de fecha 5 de marzo de 2013 en el procedimiento con número de autos 000110/2013 y NIG 03065-66-2-2013-0000096, se ha declarado en concurso abreviado voluntario al deudor Piri Shoes, S.L., con domicilio en C/ Reina Victoria, 131, bajo, Elche, inscrita al Tomo 3337, folio 107, hoja n.º A-114919, inscripción 1.ª, CIF.-B 54382999, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por el procurador don Miguel Martínez Hurtado.

Facultades del concursado: Suspendido.

Administrador concursal: Que ha sido nombrada doña Silvia Arenas Murcia, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Orihuela (Alicante), con domicilio postal: Calle San Vicente, 6, entresuelo, Elche y dirección de correo electrónica: silviaarenas@icaorihuela.com, Tlf./FAX.- 965 702 785 para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente Boletín Oficial del Estado.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Elche, 15 de marzo de 2013.- El Secretario judicial.

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