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Documento BOE-B-2013-12887

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 6 de abril de 2013, páginas 17166 a 17166 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-12887

TEXTO

Edicto

Don/Doña Ana Eisman Curto, secretaria judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona

Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8000169 y número 186/2013 B se ha declarado concurso voluntario de fecha 15/3/2013 de Taller Ingeniería Ambiental, S.L. con C.I.F. número B-61076097 y domicilio en Calle Sancho de Avila 89, 1-1 Barcelona, el que se ha decretado la Intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es Don/ Doña Javier Dos Santos V. Factor, con domicilio en Avenida Pau Casals 22, 4 08021 Barcelona, y correo electrónico tainge@iconcursal.com

Conforme lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avenida Pau Casals 22, 4, 08021 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocaré un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 19 de marzo de 2013.- La secretaria judicial.

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