Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 138/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Felmarc 2004 Promociones de Inmuebles Urbanos, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto: Concurso voluntario 138/13-C2.
NIG del procedimiento: 470.
Entidad concursada: Felmarc 2004 Promociones de Inmuebles Urbganos, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal número B63496889.
Tipo de concurso: Voluntario.
Fecha del auto de declaración: 11 de marzo de 2013.
Administradores concursales: Don Francisco Olmo Villaseca, con correo electrónico folmo@rsmgasso.com, domicilio social en Calle Teodor Roviralta, 9, 11, 08022 (Barcelona), fax número 932111166 y teléfono número 934184747.
Facultades del concursado: Intervenido.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcleona, 14 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.
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