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Documento BOE-B-2013-13457

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2013, páginas 17911 a 17911 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-13457

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 62/2013, con N.I.G.28079100009592013, por auto de 19 de marzo de 2013 dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Coating y Composites Europa, S.L., con C.I.F. B-83875724, y con domicilio social en el calle Navales, número 60, Alcorcón.

2º.- El presente concurso n.º 62/2013, de Coating y Composites Europa, S.L., se declara de forma conjunta con el concurso número 2/2013, de Glascraft Ibérica, S.L., a efectos de su tramitación coordinada en los términos del artículo 25 ter de la LC. Ello no supone la unificación de los procedimientos, sino que cada concurso proseguirá con su propio número, al que deberán dirigirse de forma expresa los escritos que a cada uno se refieran.

3º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal don Juan Francisco Torres Carbajal, calle General Díaz Porlier, n.º 18, bajo B, 28001 Madrid, y en el correo electrónico coating@ofiex.com.

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

5º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 19 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.

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