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Documento BOE-B-2013-13587

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2013, páginas 18071 a 18071 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-13587

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 187/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Aria Domus, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 187/2013 Sección C5.

NIG del Procedimiento.- 08019 47 1 2012 8005773.

Entidad Concursada.- Aria Domus, S.L., con CIF n.° B-65072902.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.-11 de marzo de 2013.

Administradores concursales.- Don Salvador Planas Saliner con correo electrónico concursoariadomun@cinc.es, domicilio calle Lul, n.° 321, Edif Cinc 08019 Barcelona, y n.° de teléfono 933030060.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores y Comunicación de Créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias c convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 22 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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