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Documento BOE-B-2013-14249

MELILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2013, páginas 19006 a 19006 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2013-14249

TEXTO

Edicto

Cédula de Notificación

En el procedimiento de referencia se dictó sentencia con fecha 22 de enero de 2013 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Estimo la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales José Luis Ybancos Torres, en nombre y representación de Nieves Paulina Oviedo Ortiz, contra la herencia yacente de Luis Oviedo Fernández y Paulina Hernández Mellado, así como contra Luis Oviedo Fernández, Antonio Oviedo Fernández, Ana Oviedo Fernández, Pascual Oviedo Fernández e Higinio Oviedo Fernández, con los siguientes pronunciamientos:

1. Declaro que Nieves Paulina Oviedo Ortiz adquiere por prescripción adquisitiva el pleno dominio de la finca registral n.° 6855 del Registro de la Propiedad de Melilla, inscrita al tomo 150, libro 149, folio 136, con identificador único finca registral 52001000057356.

2. Condeno a la herencia yacente de Luis Oviedo Fernández y Paulina Hernández Mellado, así como contra Luis Oviedo Fernández, Antonio Oviedo Fernández, Ana Oviedo Fernández, Pascual Oviedo Fernández e Higinio Oviedo Fernández y herederos a estar y pasar por esa declaración.

3. Condeno a la herencia yacente de Luis Oviedo Fernández y Paulina Hernández Mellado, así como contra Luis Oviedo Fernández, Antonio Oviedo Fernández, Ana Oviedo Fernández, Pascual Oviedo Fernández e Higinio Oviedo Fernández y herederos al pago de las costas procesales causadas.

4. Líbrese mandamiento judicial al señor Registrador de la Propiedad de esta Ciudad y expídase testimonio de la presente sentencia con los insertos necesarios, para su inscripción en el Registro de la Propiedad.

Notifíquese a las partes personadas que esta sentencia no es firme, sino que, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que se preparará mediante escrito motivado presentado en este juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a la notificación de la misma. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación, acreditando haber consignado la cantidad de cincuenta euros (50 euros) en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (D. Ad. XV de la LOPJ, conforme a la regulación dada por la L.O. 1/09, de 3 de noviembre).

Así lo acuerda, manda y firma Emilio Lamo de Espinosa Vázquez de Sola, juez de este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.° 2 de Melilla.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación que se publicará en el Boletín Oficial del Estado a costa de los demandados.

Melilla, 4 de marzo de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

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