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Documento BOE-B-2013-14256

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2013, páginas 19013 a 19013 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-14256

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuellar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado - 000529/2012, siendo la concursada Revestimientos Seaso, S.L., con CIF/NIF número B-53390605, con domicilio en calle Quinto Albio Horacio, 13, Elche, en el que se ha dictado Decreto de fecha 28-3-13 que contiene los siguientes pronunciamientos:

1. Abrir la fase de liquidación del presente concurso al concurrir el supuesto previsto en el artículo 191.6 de la Ley Concursal.

2. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4. Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

5. Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC, en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo.

6. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC).

7. Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 24 y 144 de la LC) firme que sea la presente resolución.

8. En el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC, por así disponerlo el artículo 191 LC.

9. La apertura de la sección 6.ª de calificación no se producirá hasta que se dicte resolución por la que se apruebe el plan de liquidación o se ordene la liquidación conforme a las normas legales supletorias.

Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Elche, 28 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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