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Documento BOE-B-2013-14310

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2013, páginas 19072 a 19072 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-14310

TEXTO

Doña María Jesús Palmero Sandin, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número seis de Madrid, hago saber:

Que en este Juzgado se han seguido autos de concurso voluntario abreviado de la mercantil Image Center, Sociedad anónima, con CIF número A33638685, en los que se ha dictado auto en fecha catorce de febrero de dos mil trece en el que se ha acordado:

Declarar la conclusión del concurso voluntario abreviado de Image Center, Sociedad anónima con CIF A33638685 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 18/06 y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes.

Declarar el cese de la administración concursal, integrada por Don Fernando Lesmes Sánchez abogado.

Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedara responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Conforme a lo previsto en el artículo 178.3 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción del deudor Image Center, Sociedad anónima, así como el cierre de la hoja de inscripción en todos aquellos Registros en los que conste. Librándose los mandamientos que correspondan al efecto.

Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertaran en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado, y mandamiento al Registro Mercantil de Madrid, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal.

La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito.

Y para que así conste y sirva de publicidad, expido el presente

Madrid, 1 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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