El Juzgado de lo Mercantil N.º 9 De Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en este Juzgado se sigue autos de Concurso Voluntario Ordinario con el n.º 53/13 en el que ha sido declarada en concurso al deudor INMOBILIARIA PARQUE COMILLAS, S.L., con CIF B82728569 y en el que con fecha 1 de abril de 2013, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo el cambio del régimen de suspensión sobre las facultades de administración y disposición patrimonial de la entidad concursada, pasando al régimen de mera intervención. Procédase a dar publicidad concursal y registral de la intervención de facultades acordada.
Notifíquese este Auto a las partes personadas, previniéndole de que contra el mismo cabe recurso de reposición dentro de los 5 días siguientes a su notificación, interponiéndose ante este mismo Juzgado.
Conforme a la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre de 2009, se hace saber a las partes que para la interposición del recurso, deberá consignar la suma de veinticinco en la Cuenta de Depósitos Conforme a la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley y Consignaciones del Juzgado cuyo número es 4230 0000 00 seguido del nº de procedimiento.
Así lo manda y firma en el día de la fecha, D. Javier Yáñez Evangelista, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid
Madrid, 9 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
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