Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000007/2011 y NIG número se ha dictado en fecha 01.04.13 Auto de Conclusión del Concurso necesario del deudor Porfirio González, S.L., cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Porfirio González, S.L., con C.I.F. B-36.458.321, con domicilio en Avda. de Galicia, 51, bajo, Porriño, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultadas de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Porfirio González, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC).
Así lo manda y firma S.S. Doy fe.
El Magistrado-Juez, El Secretario."
Y para que conste y sirva de conocimiento general se publica el presente.
Pontevedra, 1 de abril de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
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