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Edicto.
El Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 10/2011 referente al deudor Sociedad Cooperativa de Viviendas Alameda del Tormes, con C.I.F. número F-37473303, mediante auto firme de fecha 16-4-2013 se ha acordado:
1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor Sociedad Cooperativa de Viviendas Alameda del Tormes por finalización de la fase de liquidación.
2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
3.- Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme.
4.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Sociedad Cooperativa de Viviendas Alameda del Tormes y la cancelación de su inscripción en el Registro de Cooperativas.
5.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal.
Salamanca, 17 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.
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