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Documento BOE-B-2013-16215

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 29 de abril de 2013, páginas 21580 a 21580 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16215

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111, Edificio C, 12ª planta.

Numero de asunto.-concurso voluntario 193/13 5ª

Tipo concurso.-voluntario

Entidad instante del concurso y NIF.- Estructures Muvi, S.A. A58447699

Fecha del Auto de declaración.-3 de abril de 2013.

Administradores Concursales.- Roca Junyent, S.L.P, la cual ha designado como persona física que la represente a Don Joan Antoni Borras Abos, con DNI 46228883-X domiciliados en C/Aribau, 198, Barcelona, como abogado, con correo electronico concursos.tb@rocajunyent.com

Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

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