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Documento BOE-B-2013-16448

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2013, páginas 21869 a 21869 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16448

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 32/13 (número de identificación general 33044 47 1 2013 0000011), se ha dictado en fecha 26/03/13, auto declarando en concurso voluntario ordinario al deudor López Cureses, Sociedad Limitada (Código de Identificación Fiscal B-33103383), con domicilio sito en Asturias, Noreña, Polígono Industrial La Barreda, Parcelas 11 y 12.

2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a don Julio Álvarez Rivas, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Avenida de Europa: Avenida de Europa, número 12, bajo, Colloto, Oviedo (33010), y la siguiente dirección electrónica: concursocureses@asesoresconsultores.net, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno y otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que en ningún caso tendrá por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a jueves, de 10:30 a 13:30 horas en horario de mañana.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 9 de abril de 2013.- Secretario Judicial.

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