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Documento BOE-B-2013-16640

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 3 de mayo de 2013, páginas 22225 a 22225 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-16640

TEXTO

Edicto.

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia.

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 901/2012 en el que se ha dictado con fecha 28 de noviembre de 2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Gráficas Barbera, S.L. (no Grafiques Barbera, S.L.) con CIF B08744781 y por resolución del día de la fecha se acuerda publicar de nuevo el presente edicto por error en el nombre de la concursada:

Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8006391

Tipo de concurso: Necesario. Se ordena la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: Gráficas Barbera, S.L. con domicilio en Pge. Pere III, 30, 4-B de Manresa (Barcelona).

Administrador Concursal: D.ª M. Carmen Fabrego Tarroja, con domicilio en G. Via Carlos III, 94, 5.º, 1.ª de Barcelona con correo electrónico "secretaria@lexloxia.es"

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en ¡caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 15 de abril de 2013.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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