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Documento BOE-B-2013-17085

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 109, de 7 de mayo de 2013, páginas 22839 a 22839 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-17085

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona.

Hace saber: Que en los autos con Nig 08019-47-1-2013-8000184 y n.º 172/2013-D, se ha declarado el concurso voluntario de fecha 02-04-2013 de Kinamik Data Integrity, S.L. con Cif n.º B63925077 y domicilio en c/ Diputación n.º 238 A de Barcelona, en el que se ha decretado de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento.

El administrador concursal es D. Jacinto Gimeno Valentín-Gamazo, con domicilio en c/ Muelle Marina n.º 6 (08005) de Barcelona y correo electrónico concursal@gimenoabogados.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/Muelle Marina n.º 6 (08005) de Barcelona y correo electrónico concursal@gimenoabogados.com, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de Un Mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boe y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 4 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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