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Documento BOE-B-2013-17740

Anuncio de la Notaría de don Salvador Torres Escámez, por la que se anuncia venta extrajudicial de finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2013, páginas 23723 a 23723 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2013-17740

TEXTO

Don Salvador Torres Escámez, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Arganda del Rey,

Hago saber:

Que en mi Notaría, sita en Avenida de Madrid, 120, local 30, Arganda del Rey, se tramita la venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria de la siguiente finca hipotecada:

Urbana. Finca número cincuenta y siete. Vivienda D, de la tercera planta, con acceso por el portal número cinco del edificio denominado Bloque Ocho de la urbanización de la Avenida del Ejército, frente a la ermita de la Soledad, en la calle Alonso Quijano, número cinco de Arganda del Rey. Mide noventa y seis metros y cincuenta y ocho decímetros cuadrados y tiene como anejo inseparable un cuarto trastero situado en la planta de semisótano, de ocho metros cuadrados, denominado 57-D.

Cuota: Un entero y quince centésimas por ciento.

Referencia Catastral: 2115512VK6621S0057FI.

Inscripción: Registro de la Propiedad número dos de Arganda del Rey, tomo 2.269, libro 554, folio 153, finca 22.388, inscripción 17.ª

Tipo base para la subasta: Doscientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y dos euros con cincuenta y un céntimos (281.942, 51 euros).

Procediendo la subasta de la finca, se hace saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría el próximo día 25 de junio de 2013, a las diez horas.

La documentación y certificación del Registro a que se refiere el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de nueve a trece horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrán hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Arganda del Rey, 22 de abril de 2013.- Salvador Torres Escámez, Notario.

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