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Documento BOE-B-2013-18670

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2013, páginas 24954 a 24954 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-18670

TEXTO

Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 199/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Sinia de Mar Promocions, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso Voluntario 199/2013 Sección C1.

Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8000392.

Entidad concursada.- Sinia de Mar Promocions, S.L., con CIF n.º B64404643.

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 16-04-2013.

Administrador/es concursal/es.- Don Antonio Jurado Salazar, con correo electrónico ajurado@imo-asesoria.es, domicilio Rbla. Catalunya, 50, 1.º, 2.ª, 08007, Barcelona (Barcelona), n.º de teléfono 932158960 y n.º fax 93 4872528.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 29 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

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