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Documento BOE-B-2013-18690

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2013, páginas 24975 a 24975 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-18690

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: que en el procedimiento concursal número 15/2008, seguido en virtud de la declaración de concurso de Canbepel, S.L. y CIF n.º B35101286, seguido en este Juzgado en virtud de la declaración de concurso instada por la procuradora doña Ana María de Guzmán Fabra, se ha dictado resolución en cuya parte dispositiva constan entre otros los siguientes extremos:

"Se procede al nombramiento como nuevo Administrador del concurso a don Pablo de la Vega Viñambres, lo que se le comunicará por el medio más rápido, haciéndole saber que deberá aceptar el cargo dentro de los cinco días siguientes al de recibo de la comunicación, mediante comparecencia ante este Juzgado. En dicha comparecencia se les hará saber lo establecido en el artículo 28 y siguientes de la LC, y aceptado el cargo se les entregará testimonio de este auto y de la comparecencia de aceptación, a fin de que quede acreditada su designación. Asimismo deberán señalar un despacho u oficina para el ejercicio de su cargo, que deberá estar ubicada en alguna localidad del ámbito de competencia territorial del Juzgado.

Modo de Impugnación: Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra las resoluciones sobre nombramiento, recusación y cese de los Administradores Concursales y Auxiliares Delegados cabe interponer recurso de reposición y, contra el auto que lo resuelva, el de Apelación, que no tendrá efecto suspensivo.

Así lo dispone, manda y firma don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe."

Las publicaciones del presente edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictados, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido la Ley Concursal se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de mayo de 2013.- Secretaria Judicial.

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