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Documento BOE-B-2013-18931

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Ebro sobre información pública del proyecto de la presa de Aguaviva para laminación de avenidas en el río Bergantes, t.m. de Aguaviva (Teruel), de su estudio de impacto ambiental y de los bienes y derechos afectados. Clave: 09.144-0171/2111

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 18 de mayo de 2013, páginas 25330 a 25331 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-18931

TEXTO

Por la Dirección General del Agua, con fecha 7 de mayo de 2013, ha sido autorizada la incoación del expediente de información pública del Proyecto de la presa de Aguaviva para laminación de avenidas en el río Bergantes, t.m. de Aguaviva (Teruel) de su estudio de impacto ambiental y de los bienes y derechos afectados.

La cabecera de la cuenca del río Guadalope está regulada por los embalses de Santolea y de Calanda. En situación de avenida los caudales que llegan a la presa de Calanda tienen dos orígenes y características diferentes, en primer lugar los caudales procedentes del propio río Guadalope, que podríamos decir que se trata de caudales moderados y que además han sido laminados por la presa de Santolea y en segundo lugar, los caudales procedentes del río Bergantes, afluente del río Guadalope por su margen derecha, sin ningún tipo de infraestructura hidráulica que permita controlar su régimen hidrológico, altamente variable, con hidrogramas de duración relativamente corta y caudales puntas muy elevados.

La magnitud de estas aportaciones, unido a la vulnerabilidad de la presa de Calanda para hacer frente a las avenidas con un periodo de retorno relativamente bajo, ponen de manifiesto la necesidad de laminar los caudales de entrada a la citada presa, laminación, que tiene un doble objetivo, en primer lugar dar cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad de Presas y Embalses, y en segundo lugar, evitar o minimizar las afecciones aguas abajo de Calanda, protegiendo entre otras poblaciones, la ciudad de Alcañiz.

Las principales actuaciones que comprende este proyecto son:

- El desvío del río que consta de una ataguía de 18 m de altura y de un canal de derivación de 234,3 m de longitud.

- La presa de Aguaviva. Se trata de una presa de gravedad, de hormigón, de planta recta para la laminación de avenidas del tipo "agujero". La presa tiene una longitud de coronación de 474,2 m y una altura sobre cimientos de 67,67 m. Además, dispone de los desagües de fondo, de un aliviadero de superficie y un desagüe intermedio, así como del encauzamiento de reincorporación al cauce natural y diversas actuaciones complementarias como la instrumentación, la alimentación eléctrica y los caminos de acceso.

- La reposición de servicios, cabe destacar, la afección producida a la carretera A-1409 que enlaza Aguaviva con Alcañiz y la reposición de la acequia Mayor.

- Actuaciones ambientales.

Todas las obras objeto del presente proyecto, afectan a los términos municipales de La Ginebrosa y Aguaviva provincia de Teruel.

Lo que se hace publico para general conocimiento y para el de los propietarios de los bienes afectados por la expropiación, a fin de que cuantos puedan considerarse interesados o afectados por las obras del proyecto formulen por escrito sus alegaciones ante esta Confederación Hidrográfica, sita en Zaragoza, paseo Sagasta, 24-28, en el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Nota-Anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", en cuyo plazo y durante las horas hábiles de oficina se dará vista del proyecto, que contiene la relación de bienes y propietarios afectados por la expropiación en los locales de esta Confederación de la dirección anteriormente citada.

Esta nota junto con la relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios que se adjuntan estará expuesta también en los ayuntamientos de Aguaviva y La Ginebrosa.

En todos los escritos se hará constar los siguientes datos: Nombre, apellidos, D.N.I., domicilio, localidad del reclamante, o cuando aquél se realice en nombre de una entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación, etc), deberá acreditarse documentalmente el cargo o representación de quien encabeza. Los escritos que no reúnan dichos requisitos no serán tenidos en cuenta.

Zaragoza, 15 de mayo de 2013.- El Director Técnico, Raimundo Lafuente Dios. Rubricado.

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