Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª Planta.
Numero de asunto.- Concurso voluntario 822/2012-5.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Entidad instante del concurso y Nie.- Ravinder Kaur X4863973W.
Fecha de auto de declaración.- 14 de enero de 2013.
Administradores concursales.- La mercantil Econolegal, S.L.P., la cual ha designado como persona física que la represente a don Carlos Álvarez Fernández con DNI 35023003-Y, domiciliados en Paseo de Gracia, 51, Pral., como economista, con correo electrónico ravinder@econolex.com
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresara el nombre, domicilio y demos datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicaran ademas, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalara un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.
El plazo sera de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 21 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
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