El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 De Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 114.3 y 143.1 de la Ley Concursal, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 577/2012 referente al concursado Vellavisión, S.L., por auto de fecha 09/05/2013 ha acordado los siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 14/03/2013, por no haberse recibido ninguna propuesta de convenio y haber solicitado la liquidación la concursada. Ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 13/06/2013 a las 11:00.
3. Abrir, a solicitud del concursado, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4. La disolución de la mercantil Vellavisión, S.L. y la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio que serán sustituidos por la administración concursal.
Madrid, 9 de mayo de 2013.- Secretario Judicial.
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