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Documento BOE-B-2013-19843

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se notifica a la entidad Electronic Corporate Solutions, Sociedad Limitada, un requerimiento de información.

Publicado en:
«BOE» núm. 124, de 24 de mayo de 2013, páginas 26486 a 26487 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2013-19843

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Electronic Corporate Solutions, Sociedad Limitada, como interesado en el procedimiento que se tramita con número de expediente MTZ 2013/573, por causas no imputables a esta Comisión debido a que la misma se ha intentado infructuosamente dos veces por los servicios de Correos en la forma prevista en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJPAC), se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la misma Ley, a notificar por este medio que, con fecha 15 de abril de 2013, esta Comisión ha requerido a la citada entidad la documentación que se indica a continuación, necesaria para la tramitación del procedimiento administrativo iniciado para proceder a la extinción de su condición de operador, la cancelación de su inscripción en el Registro de Operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas y la cancelación de los recursos de numeración asignados e inscritos en el Registro Público de Numeración:

Tercero.- Consultado el Registro de Operadores figura la inscripción de la entidad Electronic Corporate Solutions, S.L., como persona autorizada para la prestación de las siguientes actividades:

- Explotación de una red telefónica fija.

- Prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas de almacenamiento y reenvío de mensajes y servicio telefónico fijo disponible al público.

Con objeto de proceder a la tramitación de la solicitud presentada, se requiere de esa entidad los siguientes datos:

- Indicar si se ha producido el cese en la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas y en la explotación de la red telefónica fija que figuran inscritos en el Registro de Operadores.

De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del apartado 1 del artículo 71 de la LRJPAC, la remisión de la documentación solicitada deberá efectuarse en el plazo de 10 días, significándole que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la misma Ley.

Sin perjuicio de lo previsto en el precitado artículo 71, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.5 de la LRJPAC, el transcurso del plazo máximo legal de tres meses establecido para proceder a la resolución de su solicitud, queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este escrito y la recepción de la documentación solicitada o, en su defecto, el plazo concedido para la subsanación.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acto no cabe la interposición de recurso administrativo al no concurrir en el mismo los requisitos establecidos en el artículo 107 de la LRJPAC. No obstante, la oposición al mismo podrá ser alegada por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al presente procedimiento.

De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado, se publica un extracto del acto de la Comisión del día 15 de abril de 2013. No obstante, el texto íntegro del citado acto estará a disposición del interesado para su conocimiento íntegro en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la calle Bolivia, 56, de Barcelona.

Barcelona, 16 de mayo de 2013.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 15.09.11, BOE n.º 238, de 03.10.11), Jorge Sánchez Vicente.

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