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Documento BOE-B-2013-20169

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2013, páginas 26929 a 26929 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-20169

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se Hace Saber que en el procedimiento concursal 76/2012, seguido a instancias del Procuradora Doña Veneranda Blanca Rodríguez Aguiar, en nombre y representación de Dña. María Nayra Rodríguez Suárez y Otros, se ha dictado Auto el día 20/03/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Residencia Castillo del Romeral, S.L. con CIF, n.º B35888189, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de necesario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administrador del concurso al abogado D. Pablo Ruiz de Iza el cual ha designado como domicilio postal el c/ Espíritu Santo n.º 3 y código postal 35001, Teléfono 928-32-20-55 y Fax 928-31-45-73, así como Dirección electrónica pablo@ruizmartin.net

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituidfo en el ejercicio de aquéllas por la administración concursal.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez. Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de mayo de 2013.- El Secretaria Judicial.

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