Edicto
El Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona, por el presente hace saber:
Que en los autos de Concurso Voluntario de D.ª María Teresa Ramos Muro con DNI 39631644E, seguidos en este Juzgado con el n.º 896/2012, se ha dictado en fecha 16/05/13 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Declarar la conclusión del concurso 896/2012, en el que figura como concursada D.ª María Teresa Ramos Muro, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos bastantes en el concurso con los que satisfacer a los acreedores.
Contra este auto no cabrá recurso alguno.
Notifíquese esta resolución a las partes
Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores subsistentes.
Los deudores quedarán responsables del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Se acuerda la inscripción pertinente en el Registro Civil, en la hoja correspondiente a las personas concursadas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Así lo acuerda, manda y firma D. César Suárez Vázquez, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil n.º Uno de Tarragona. Doy fe. "
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente
Tarragona, 16 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.
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